Micelio
Auto27 de noviembre de 2002

A- de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Alvaro Gomez Cornejo

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se dejó sin efecto alguno el auto proferido por el Consejo Superior de la Judicatura –Sala Jurisdiccional Disciplinaria-, mediante el cual se declaró la nulidad de todo lo actuado en esta acción de tutela a partir del auto proferido por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Pasto, toda vez que se dará aplicación a lo dispuesto por el Art. 1º del Decreto 1382 de 2000.

En consecuencia, se enviará el expediente al Consejo Superior de la Judicatura –Sala Jurisdiccional Disciplinaria- para que por él se decida de fondo sobre la impugnación interpuesta contra la sentencia proferida por el Consejo Seccional de la Judicatura de Nariño.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Dejar sin efecto alguno el auto de 9 de julio del ano 2002 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria-, mediante el cual se declaro la nulidad de todo lo actuado en esta accion de tutela a partir del auto de 17 de mayo de 2002 proferido por el Juzgado 4o Penal del Circuito de Pasto.
  2. Segundo. Enviese el expediente al Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria- para que por el se decida de fondo sobre la impugnacion interpuesta contra la sentencia proferida por el Consejo Seccional de la Judicatura de Narino el 30 de mayo del presente ano.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.